La publicación en el BOE con fecha 25 de Diciembre de 2008 de la Ley 4/2008 de 23 de Diciembre supone la supresión definitiva del Impuesto de Patrimonio con efecto para los ejercicios impositivos que se inicien a partir del 1 de Enero de 2008.
La supresión supone una bonificación en la cuota tributaria del 100% tanto para residentes como no residentes, quedando derogados los artículos de la Ley del Patrimonio 19/1991 de 6 de Junio nº 6, 36, 37 y 38 relativos a la obligación de presentar declaración y nombrar representante al efecto.







